El fiscal Germán Montero Ugaz archivó una investigación por peculado de uso contra expresidente del Directorio de EPSEL S.A., Percy Quesquén Díaz, a pesar que en otra Carpeta Fiscal este habría aceptado su responsabilidad.
El 25 de abril del 2017, el ex gerente general de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque -EPSEL S.A., Juan Miguel Valdivia Goycochea, denunció ante el Consejo Nacional de la Magistratura que en mayo del 2013, por disposición verbal del entonces presidente del Directorio de EPSEL, Percy Quesquén Díaz, contrató al abogado Víctor Alejandro Varillas Falen como Asesor Legal Externo de la empresa del agua, lo cual no tendría nada de extraño, sino fuera porque el referido letrado es hermano de la esposa del fiscal adjunto provincial Germán Montero Ugaz, quien tenía a su cargo la Carpeta Fiscal N° 3303-2012, donde se le investigaba a Quesquén Díaz por presumiblemente haber cometido el delito de peculado de uso en agravio de la empresa paramunicipal.
Ese sería el menor de los problemas del hoy integrante de la Fiscalía Especializada contra la Criminalidad Organizada – FECOR Lambayeque.
ANTECEDENTES
Con fecha 31 de octubre del 2012 distintos medios de comunicación de circulación regional informaron que en el inmueble ubicado en la calle 28 de Julio N° 597 del pueblo joven Diego Ferré, se había observado a trabajadores de EPSEL S.A. realizando labores de construcción y que el predio pertenecería presumiblemente a Percy Quesquén Díaz. Ante la “notitia criminis”, el fiscal provincial coordinador de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo remitió al fiscal adjunto Germán Edgardo Montero Ugaz la disposición de investigar respecto que obreros de EPSEL “…estarían laborando en la construcción de la casa de Percy Quesquén Díaz, actual presidente del Directorio de EPSEL y que además habría utilizado camiones de la citada empresa para transportar material y desmonte, haciendo referencia expresa al volquete de placa M2F-880, por lo que se estaría frente al delito de Peculado…”.
O sea, no solo se cuestionaba que trabajadores de EPSEL hayan realizado labores en el predio, también se señalaba que el inmueble en construcción pertenecería al expresidente de EPSEL S.A.
INICIO DE LAS INVESTIGACIONES
La investigación preliminar se formalizó con la Carpeta Fiscal N° 3303-2012, por lo que el 29 de noviembre del 2012, Montero Ugaz tomó la declaración testimonial de Percy Quesquén Díaz, quien entre otras cosas señaló no poseer bienes inmuebles y que ignoraba que personal de EPSEL S.A. se haya apersonado a la dirección indicada a realizar labores particulares. Dijo que se había enterado del hecho a través de los medios de comunicación y que el referido predio le pertenecía a su hermano Rubén Quesquén Díaz.
ARCHIVO PRELIMINAR
El 5 de febrero de 2013, mediante Disposición N° 3, Montero Ugaz dispuso no formalizar ni continuar con la Investigación Preparatoria contra Percy Quesquén Díaz por la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de peculado de uso en agravio del Estado, disponiendo el archivo definitivo, basado en que los trabajadores de EPSEL S.A. no habían realizado trabajo alguno a favor de Percy Quesquén Díaz, y de conformidad con la información obtenida de SUNARP, el inmueble ubicado en la Calle 28 de Julio N° 597 le pertenecía a Rubén Quesquén Díaz.
Además, señaló que según la misma fuente el expresidente de la empresa del agua poseía un inmueble ubicado en la Manzana M, Lote 20, de la Urbanización La Florida, versión contradictoria con la declaración brindada por Quesquén Díaz cuando manifestó que no poseía bienes inmuebles. No obstante ello, el fiscal Germán Edgardo Montero Ugaz, sin valorar que el investigado le había mentido, dispuso el archivo definitivo de la investigación.
RECURSO DE QUEJA
Por considerar que no se había efectuado una adecuada investigación en la búsqueda de elementos de convicción, al haberse obviado la realización de determinadas diligencias, como por ejemplo la verificación in situ de los trabajos realizados o no haber valorado adecuadamente el hecho que según Registros Públicos el inmueble pertenecía a Rubén Quesquén Díaz, lo cual no exoneraba a Percy Quesquén Díaz del delito de peculado de uso, Carlos Lazo Gutiérrez, Procurador Público Anticorrupción de Lambayeque, con fecha 19 de febrero del 2013, presentó ante la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo un recurso de queja contra la disposición del fiscal, solicitando se formalice la investigación.
El peculado de uso se configura cuando el funcionario público usa o permite que un tercero use bienes del Estado en su beneficio.
El recurso de queja fue resuelto por el fiscal superior penal, Julio Enrique Morales Saldaña, quien mediante Disposición N° 01-2013-MP-4°FSPT-DJLAMB, del 5 de abril del 2013, dispuso revocar la disposición, declarando FUNDADA la queja de derecho interpuesta por Lazo Gutiérrez.
Morales Saldaña señaló en su cuarto considerando que “…no se puede aseverar con certeza que no existan indicios razonables de la comisión del delito de Peculado de Uso en agravio del Estado…”, disponiendo entre otras diligencias que se tome la declaración ampliatoria de Rubén Quesquén Díaz para que detalle la forma como adquirió el inmueble y señale la procedencia del dinero con el que realizó la operación de compra.
INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
Con la formalización de la Investigación Preparatoria, se dispuso la realización de nuevos actos de investigación, es por ello que el 15 de julio del 2013 amplió su declaración testimonial Rubén Quesquén Díaz ante el fiscal Germán Montero. Allí se refirió a la propiedad.
“La compra la hice a un vecino por la suma de tres mil nuevos soles, y ese dinero lo obtuve de mis ahorros que he realizado, toda una vida, porque yo soy profesor, con más de 16 años de labor para el Estado, …aparte que doy clases particulares de matemática; además ejerzo la profesión de abogado …”.
Continuando con la declaración, en la pregunta tres se le interrogó sobre la entidad bancaria donde tenía depositado su dinero para la compra y construcción del inmueble ubicado en la Calle 28 de Julio 597 – Diego Ferré, a lo que Rubén Quesquén Díaz respondió: “Son ahorros que los he tenido juntando en mi domicilio. Habiendo llegado a ahorrar la suma de setenta mil nuevos soles…”.
De lo declarado por el hermano del ex presidente del Directorio de EPSEL S.A., se concluye que ni siquiera aportó el nombre del “vecino” al que le compró el inmueble, el fiscal tampoco se lo preguntó y lo que quizás sea lo más relevante es que no pudo acreditar la procedencia del dinero para la compra, limitándose a señalar que era producto de sus ahorros, pero solo alcanzó como medio probatorio una Boleta de Pago donde se podía corroborar que su remuneración neta ascendía a mil 152.71 soles. Tampoco adjuntó un solo Recibo por Honorarios que acredite su ejercicio profesional de abogado.
REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO
El 6 de diciembre del 2013, el fiscal provincial titular del Tercer Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, Javier Quiroz Grosso, presentó el requerimiento de sobreseimiento en la Carpeta Fiscal 3303-2012 ante el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. Esta carpeta estaba a cargo del fiscal Germán Montero Ugaz.
El 15 de abril de 2015, el Montero Ugaz presentó ante la Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, el Oficio N° 3303-2012-3°FPPCH-CHICLAYO/GEMU, solicitando “…tenga a bien, disponer Consentir la Resolución N° 03 de fecha 18/07/14 que declara: Declarar Fundado el Sobreseimiento…”, dictado en el Expediente 5155-2013, proceso seguido contra Percy Quesquén Díaz.
DECLARACIÓN DEL CASO “LIMPIOS”
En la Carpeta Fiscal N° 2447-2014, que investiga el caso “Los limpios de la corrupción”, en declaraciones brindadas el 21 de enero del 2015, Percy Quesquén Díaz aceptó ser el verdadero propietario del inmueble ubicado en la Calle 28 de Julio N° 597 – Diego Ferré, luego que su coimputado José Nicolás Baca Távara declarase el 12 de ese mes, ante la Tercera Fiscalía Penal Corporativa de Chiclayo, que el referido inmueble en realidad pertenecía a Percy Quesquén Díaz, echando por tierra la versión de que su hermano había adquirido el terreno donde posteriormente se construyó un edificio de cuatro pisos.
Lo que es más grave, declaró que el verdadero precio pagado fue de aproximadamente 20 mil dólares americanos y no los tres mil soles (a todas luces subvaluados) que según Rubén Quesquén Díaz le había costado el inmueble.
Todos estos hechos están consignados en la Disposición N° 238, del 19 de diciembre del 2016, en la que se formaliza la investigación preparatoria contra Rubén Quesquén Díaz por el delito de Lavado de Activos en la Carpeta Fiscal 2447 – 2014.
El CE-22-2014
Con fecha 19 de enero del 2015 (tres meses antes de la solicitud de sobreseimiento), en la “Ampliación de Declaración”, el aspirante a colaborador eficaz con clave CE-22-2014, en la Carpeta 2447-2014 (donde uno de los fiscales partícipes de la investigación era Germán Montero Ugaz), señaló textualmente:
“…En este acto hago entrega de una vivienda de 45 metros cuadrados, aproximadamente, edificada en 4 niveles, de material noble, ubicada en la avenida 28 de Julio N° 597, pueblo joven Diego Ferré – Chiclayo, que está a nombre de mi hermano Rubén Quesquén Díaz, a quien le pedí autorización de uso de su nombre, por cuanto tenía problemas, en ese momento del año 2012, con mi esposa Claudia Pecsen Gonzales; este bien inmueble lo mencione inicialmente cuando pedí ser colaborador y como quiera que se debe su existencia a través de dinero que no era de fuente lícita, cumplo con su entrega, para que se muestre mi grado de arrepentimiento; es un área pequeña, pero por sus niveles de construcción invertí la suma de 150 mil soles…”.
En consecuencia, el fiscal Germán Montero Ugaz habría tenido participación directa en el archivo preliminar y posterior sobreseimiento en la investigación seguida contra Percy Quesquén Díaz en la Carpeta Fiscal 3303-2012, por el delito de peculado de uso en agravio de EPSEL S.A., pese a las graves contradicciones y suficientes elementos de convicción para inferir que quien realmente adquirió y construyó el inmueble ubicado en la Calle 28 de Julio N° 597 – Diego Ferré fue el expresidente de la empresa del agua.
Luego el mismo Montero Ugaz solicitó el consentimiento del sobreseimiento pese que Quesquén Díaz había reconocido en la Carpeta Fiscal N° 2447-2014, investigación en la cual el fiscal también fue partícipe, que él era el verdadero propietario del referido bien inmueble, todo esto, luego que Percy Quesquén Díaz ordenara la contratación de Víctor Alejandro Varillas Falen (cuñado de Montero Ugaz) como Asesor Legal Externo de EPSEL S.A.
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