Nuevos indicios apuntan a que el fiscal provincial Sergio Zapata Orozco, titular de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, habría favorecido al empresario Darío Acuña Peralta en el caso ‘Los limpios de la corrupción’, omitiendo formalizar la investigación por el presunto delito de falsedad genérica, lo que habría permitido una pena suspendida.
En la edición anterior, Expresión reveló una sospechosa coincidencia entre la ratificación del fiscal Zapata Orozco por el Consejo Nacional de la Magistratura – CNM, y un acuerdo de colaboración eficaz que habría favorecido al empresario constructor Darío Acuña Peralta.
Ahora, otras coincidencias aparecen en el escenario.
Los hechos se remontan al 12 de noviembre de 2015, cuando el fiscal provincial Sergio Lucio Zapata Orozco dispuso formalizar y continuar con la investigación preparatoria contra Darío Acuña Peralta por la presunta comisión de los delitos de colusión agravada y cohecho activo genérico, por los presuntos actos de corrupción relacionados a la obra “Mejoramiento de las Redes de Agua Potable y Alcantarillado con conexiones domiciliarias en la avenida Elvira García y García de la ciudad de Chiclayo”.
Sin embargo, Zapata Orozco habría omitido formalizar la investigación por el presunto delito de falsedad genérica, con lo que habría favorecido a Acuña Peralta con un quantum de pena menor, viabilizando una pena suspendida.
Consorcio Triple A
El 22 de diciembre de 2011, Epsel S.A., otorgó la buena pro para la ejecución de la obra “Mejoramiento de las Redes de Agua Potable y Alcantarillado con conexiones domiciliarias en la avenida Elvira García y García de la ciudad de Chiclayo”.
El ganador fue el Consorcio Triple A, integrado por Elmer Oscar Quintana Guevara y Concisa, representada por José Manuel Zamora Capelli (fallecido). Ambos designaron como representante legal del consorcio a Héctor Gálvez Acuña, sobrino de Darío Acuña Peralta, quienes se encontraban impedidos de contratar con el Estado por ser familiares directos de Virgilio Acuña Peralta, quien ejercía el cargo de congresista de la República.
En sus declaraciones, Quintana Guevara y Gálvez Acuña, en el marco de las investigaciones seguidas en la Carpeta Fiscal N° 2447-2014, han coincidido en señalar que fueron convocados por Darío Acuña Peralta para conformar el Consorcio Triple A, quien habría alterado intencionalmente la verdad, simulando a los referidos como postores ante la Licitación Pública N° 02-2011-EPSEL S.A./GG, cuando en realidad el postor y quien ejecutó finalmente la obra fue él, como también lo ha declarado, cometiendo presumiblemente el delito de falsedad genérica, tipificado en el artículo 438° del Código penal.
Omisión de funciones
El 22 de abril del 2017, el diario La Industria, publicó con el titular “Colaborador Eficaz de ‘Limpios de la corrupción’ apela”, en referencia al acuerdo frustrado entre el Ministerio Público y un ex funcionario de Roberto Torres Gonzáles, pero además, en el desarrollo de la noticia, señala que en el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, que despacha Cecilia Grandez Rojas, estaba pendiente la realización de una audiencia para el empresario Darío Acuña Peralta, quien mediante su defensa técnica había planteado una “terminación anticipada”, para lograr una pena de cuatro años.
Ante esta pretensión, el también imputado en el mismo caso Juan Miguel Valdivia Goycochea presentó ante la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Lambayeque, en ese entonces a cargo del fiscal Alejandro Lamadrid Ubillús, una denuncia formal contra el fiscal provincial Sergio Lucio Zapata Orozco, por la presunta comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, por haber omitido formalizar investigación por el presunto delito de Falsedad Genérica contra Darío Acuña Peralta, al considerar que al haber alterado intencionalmente la verdad, simulando la conformación de un consorcio que nunca existió, y no considerar este hecho en la formalización de la investigación, Zapata Orozco habría buscado favorecer a Acuña Peralta con un menor quantum de su pena en la búsqueda de algún beneficio premial.
Este hecho tendría coincidencia con lo ocurrido con el Colaborador Eficaz N° 10-2015, quien fue sentenciado, el 16 de junio de 2017, a cuatro años de pena suspendida en su ejecución, solo por los delitos de colusión agravada y cohecho activo genérico.
escargo del fiscal
La Oficina Desconcentrada de Control Interno de Lambayeque, mediante Resolución N° 1, de fecha 16 de mayo del 2017 (un mes antes de la sentencia del CE 10-2015), abrió investigación preliminar contra el fiscal Zapata Orozco por la presunta comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, por haber omitido formalizar investigación por el presunto delito de falsedad genérica contra Darío Acuña Peralta, requiriéndole su informe de descargo, en el término de 5 días hábiles, más el término de la distancia, adjuntando para ello copia de la denuncia en su contra, plazo que se vencía el 24 de mayo de 2017.
Zapata Orozco recién presentó su informe de descargo ante la Oficina Desconcentrada de Control Interno el 19 de junio de 2017, tres días después de que el CE 10-2015 fuera sentenciado, y 24 días hábiles después que se lo solicitaran, incumpliendo el plazo otorgado. Igual Lamadrid Ubillús lo admitió y valoró.
En el referido informe, el fiscal Zapata Orozco señala que el plazo de investigación en la Carpeta Fiscal N° 2447-2014 recién vencía el 31 de agosto del 2018, como finalmente ocurrió y, por tanto, se trataba de una investigación abierta y de encontrarse elementos suficientes, posteriormente se podría emitir alguna disposición de ampliación de investigación, de considerarlo pertinente, como ya venía ocurriendo en la referida carpeta fiscal.
Asimismo, recalcó que Valdivia Goycochea en ningún momento formuló denuncia de parte respecto de la supuesta comisión del delito de falsedad genérica por parte de Darío Acuña Peralta, olvidando que el persecutor de la justicia, es precisamente el Ministerio Público, quien no necesita de una denuncia para accionar, ya que puede hacerlo de oficio al tomar conocimiento de algún hecho delictivo.
Denuncia archivada
Mediante Resolución N° 6, de fecha 18 de octubre de 2017, el fiscal superior Alejandro Lamadrid Ubillús resolvió declarar infundada la denuncia formulada por Valdivia Goycochea contra Zapata Orozco, señalando en la parte considerativa de su resolución que “ni el denunciante ni el Fiscal Provincial denunciado han indicado que efectivamente el señor Darío Acuña Peralta se haya acogido a alguno de los referidos procesos especiales”, sino más bien han coincidido en que la investigación preparatoria aún se encuentra dentro del plazo establecido judicialmente, por lo que teniendo en cuenta que el ilícito penal imputado requiere del elemento subjetivo dolo para su configuración, no es posible subsumir la conducta del Fiscal Provincial Sergio Lucio Zapata Orozco en el delito de omisión, rehusamiento o retardo de actos funcionales, ya que no se advierte elemento de convicción alguno que acredite que la presunta omisión por parte del fiscal denunciado de formalizar investigación preparatoria contra Darío Acuña Peralta por el delito de falsedad genérica se haya efectuado o venga efectuando dolosamente”.
Como bien lo señala Lamadrid Ubillús, el 19 de junio de 2017, cuando Zapata Orozco presentó su informe de descargo, no indicó que tres días antes, el 16 de junio, Darío Acuña Peralta se habría acogido al proceso especial de colaboración eficaz, bajo el código CE 10-2015, ni mucho menos, en base a lo denunciado por Valdivia Goycochea haya ampliado la investigación para determinar si efectivamente se cometió el delito de falsedad genérica.
Por el contrario, conocedor ya de la denuncia, presentó el Acuerdo de Colaboración del CE 10-2015 ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, y cuando este lo rechazó, apeló ante la Segunda Sala Penal de Apelaciones, donde se alcanzó una sentencia favorable al colaborador.
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