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CASO DIO GIRO DE 180°: PODER JUDICIAL SENTENCIÓ A SICARIOS POR ASESINATO DEL AUDITOR DE LA SUNAT

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1175

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  • Sentenciados no son los que el Ministerio Público imputó inicialmente con el testimonio de David Ángel Guerrero, alias ‘Ñoño’, y del testigo clave 03-2016.
  • Decisión judicial confirma que tesis con la que la FECOR-Lambayeque comenzó el caso ‘Hermandad del norte’ era falsa.

 

El 10 de septiembre, la jueza del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, Cecilia Grandez Rojas, en proceso de terminación anticipada, sentenció a los sicarios Jonathan Márquez Villegas y Frank Siccha Rodríguez como ejecutores del asesinato del auditor de la SUNAT Luis Cieza Herrera, ocurrido el 23 de diciembre del 2015.

 

Ambos sicarios, procedentes de Trujillo, reconocieron ante la magistrada haber ultimado a Cieza Herrera en las proximidades de su vivienda, ubicada en la Urbanización Santa Victoria de Chiclayo.

A Márquez Villegas se le condenó a 23 años y cuatro meses de prisión. El procesado, que actualmente purga condena por homicidio calificado, deberá esperar hasta el 18 de diciembre del 2044 para que se inicie la contabilización de la sentencia por el caso Cieza Herrera, la misma que se proyecta hasta el 17 de abril del 2098.

En tanto, Siccha Rodríguez fue sentenciado a 19 años de cárcel. Esta condena se contabilizará desde el 9 de marzo del 2029 hasta el 8 de marzo del 2048. Actualmente, este cumple condena por robo agravado.

Ambos sicarios se encuentran recluidos en Trujillo.

Con la decisión judicial, el caso Cieza Herrera da un giro de 180°, pues la tesis que inicialmente postuló la fiscalía era que el funcionario de la SUNAT había sido asesinado por otras personas, esto en base a las testimoniales que dieron el aspirante a colaborador eficaz David Ángel Guerrero Rodríguez, alias ‘Ñoño’, así como el testigo clave 03-2016, conocido como ‘El Perro’, en función de las cuales la Fiscalía Especializada contra la Criminalidad Organizada – FECOR Lambayeque, inició el caso ‘Hermandad del norte’.

 

El caso

En noviembre del 2016, la FECOR, junto a la Policía Nacional, realizó un operativo en Chiclayo con el objetivo de ubicar y detener a los presuntos integrantes de la supuesta organización denominada ‘Hermandad del norte’, liderada aparentemente por los hermanos Sánchez Coronel, cuyos integrantes – según la fiscalía - habían participado en la muerte de Cieza Herrera, sindicándose a los hermanos y empresarios Carlos y Samuel Roncal Miñano como autores intelectuales.

La tesis fiscal señaló desde el inicio que los empresarios habían encomendado al fallecido Alexander Siesquén Sampén, alias ‘Cojo’, la contratación de los sicarios de la organización criminal, identificados como Jack Salazar Silva, alias ‘Periquito’, y Fulgencio Rivera Maza, alías ‘Zurdo’, indicados por el aspirante a colaborador eficaz David Ángel Guerrero Rodríguez y el testigo clave 03-2016 como ejecutores del crimen.

 

Cambio de actores

La fiscalía logró el mandato de prisión preventiva hasta por 36 meses contra los imputados, venciéndose el plazo de la medida coercitiva sin que se arribe a la certeza que los señalados como ejecutores del crimen lo eran en efecto. Es decir; los investigados iniciales fueron enviados a prisión en base a testimonios falsos.

Así, meses antes que se cumplan los tres años de iniciado el caso ‘Hermandad del norte’, el Ministerio Público y la Policía Nacional realizaron en junio del 2019 la diligencia de reconstrucción de los hechos relacionados a la muerte de Cieza Herrera. Sin embargo, sorpresivamente presentó como ejecutores del crimen no a Salazar Silva y Rivera Mazza, sino a dos personas que en Trujillo habían aceptado la autoría del asesinato. Estos eran: Márquez Villegas y Siccha Rodríguez.

El cambio de tesis en la FECOR Lambayeque tomó por sorpresa incluso a los abogados de los imputados desde el principio en la investigación, pues no fueron notificados de la realización de la diligencia desarrollada en el lugar donde fue ultimado Cieza Herrera.

Para entonces, el fiscal Germán Montero Ugaz, cabeza de la investigación, señaló que los sicarios trujillanos habían sido contratados por Alexander Siesquén Sampén como supuesto intermediario de los hermanos Roncal Miñano, declaración que estos no han realizado.

 

Hechos falsos

La génesis de la investigación se sustentó, principalmente, en las declaraciones que dio a la fiscalía el aspirante a colaborador eficaz David Ángel Guerrero Rodríguez, a quien en un acto aún no esclarecido la fiscalía le otorgó también la condición de testigo clave e incluso buscó su excarcelación, porque presuntamente su vida corría peligro.

Guerrero Rodríguez, actualmente en prisión por otros crímenes, apuntaba a ser beneficiado con la excarcelación al supuestamente haber dado insumos valiosos para la investigación, los que han sido desvirtuados al emitirse la sentencia contra los sicarios trujillanos, la misma que fue declarada consentida el 5 de octubre pasado.

Esto se desprende de la resolución de sentencia emitida por la jueza Grandez Rojas, en cuyos considerandos no se incluye las versiones que durante más de tres años expuso Guerrero Rodríguez al Ministerio Público.

Empero, se considera que los sicarios señalan como intermediario a Siesquén Sampén, fallecido el 28 de julio del 2018, bajo mandato de prisión preventiva en el Establecimiento Penitenciario de Chiclayo, hecho confirmado con el Acta de Defunción N° 500815045.

Por su parte, el testigo clave 03-2016 aseguró a la fiscalía que Siesquén Sampén se había reunido con Samuel Roncal Miñano para coordinar el asesinato de Cieza Herrera y que para ello se había contratado a ‘Periquito’ y ‘Zurdo’. Tales aseveraciones – siguiendo la lógica de la sentencia reciente – son falsas.

Es de mencionar que Márquez Villegas y Siccha Rodríguez no identifican a los empresarios Roncal Miñano como las personas que ordenaron el asesinato de Cieza Herrera, señalamiento que sí ha realizado, en reiteradas veces, David Ángel Guerrero, cuyo testimonio a la luz de los hechos carece de veracidad. Lo mismo sucede con el testigo clave 03-2016.

 

Sobreseimientos

El 2 de junio se realizó la audiencia virtual en el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria en la que el fiscal Montero Ugaz presentó el pedido de sobreseimiento a favor de los procesados por la muerte de Cieza Herrera.

En un acto sin precedentes, el representante del Ministerio Público logró que la autoridad jurisdiccional apruebe el archivamiento o sobreseimiento de la investigación contra los supuestos cabecillas de la organización ‘Hermandad del Norte’, Epifanio Justo Sánchez Coronel, Santos Hermes Sánchez Coronel y Yelisthin Juan Sánchez Tello por el delito de sicariato con agravantes.

Asimismo, la juez del Cuarto Juzgado de Investigación Criminal declaró fundado el pedido de sobreseimiento a favor de Alexander Siesquén por el presunto delito contra la tranquilidad pública en su figura de organización criminal, marcaje y reglaje en agravio del Estado y por el presunto delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su figura de sicariato, en agravio de Luis Cieza Herrera. El sobreseimiento se dio dos años después de la muerte de Siesquén Sampén.

La fiscalía también presentó el pedido de sobreseimiento a favor de los hermanos Carlos y Samuel Roncal Miñano por el presunto delito contra la tranquilidad pública en su figura de organización criminal.

Del mismo modo se archivó la investigación judicial contra los presuntos ejecutores directos del homicidio, Joseph Salazar Silva, alias ‘Periquito,’ y Fulgencio Rivera Masa, alias ‘Zurdo’, por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su figura de sicariato con agravantes en perjuicio de Luis Cieza.

El fiscal Germán Montero explicó al despacho judicial que “si bien es cierto en un primer momento se efectuó la imputación en contra de los investigados Joseph Salazar Silva y Fulgencio Rivera Maza, posteriormente se ha determinado científicamente la identidad dactilar de las huellas encontradas en la escena del crimen (Avenida Grau N° 952 Chiclayo) y las de la moto lineal abandonada, las cuales pertenecerían a dos personas distintas de las que la fiscalía había formulado imputación en la formalización y continuación de la etapa preparatoria”.

Lo extraño es que tan pronto la defensa de los inicialmente imputados observó que la tesis fiscal había variado, respecto a los ejecutores del crimen, la fiscalía presentó la pericia dactilar, prueba que se había realizado al día siguiente de la muerte de Luis Cieza; es decir, el 24 de diciembre del 2015. Lo que no queda claro es por qué si la pericia existía recién se dio a conocer tres años después de iniciadas las investigaciones.

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