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CLIENTELISMO POLÃTICO: Cuando el poder busca quedarse en el poder

Escribe: José Carlos Sánchez Manayay (*)
Edición N° 1466

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Durante las campañas electorales, las autoridades de turno pueden convertirse en un factor de ventaja para determinados candidatos cuando utilizan su influencia, relaciones y posición para construir respaldos políticos. En zonas donde existe una fuerte dependencia de las instituciones públicas, estas prácticas pueden generar presiones y condicionamientos que afectan la igualdad de la competencia y la libertad del voto.

Una elección democrática debería ser una competencia entre propuestas, ideas y candidatos. Sin embargo, no todos los aspirantes parten necesariamente desde las mismas condiciones. Quien ejerce una autoridad tiene una posición privilegiada: administra recursos públicos, mantiene contacto permanente con la población, participa en actividades institucionales y posee una red de relaciones construida durante su gestión.

El problema surge cuando las ventajas del cargo público se utilizan para favorecer a candidatos cercanos o aliados, convirtiendo la competencia electoral no solo en una disputa de propuestas, sino también en una lucha por conservar o ampliar espacios de poder.

El poder busca continuidad

Detrás de la intervención de una autoridad en una campaña puede existir una lógica política sencilla: ganar para no perder el espacio de poder construido durante la gestión.

La victoria de un candidato cercano puede significar la continuidad de una determinada corriente política, de relaciones construidas durante años y de una red de influencia que permite mantener presencia en las decisiones públicas.

Una elección no solo define quién ocupará un cargo, sino también qué grupos y alianzas conservarán influencia. El riesgo surge cuando esa búsqueda de continuidad se apoya en las ventajas del poder público para obtener respaldo electoral.

El empleo como instrumento de influencia

El clientelismo político no siempre implica dinero a cambio de votos; también puede manifestarse mediante empleos, contrataciones, cargos, obras o promesas de beneficios. En contextos donde las oportunidades laborales son escasas, estas prácticas pueden generar dependencia y condicionar la decisión del ciudadano. El voto debe responder a las convicciones y propuestas, no a la expectativa de recibir un beneficio.

Una mirada a las zonas altoandinas

Estas dinámicas merecen especial atención en zonas altoandinas de Lambayeque como Incahuasi, Cañaris y Salas, donde las relaciones entre autoridades, dirigentes y población pueden ser particularmente estrechas y donde el Estado tiene un papel importante en la provisión de servicios y oportunidades.

Esto no significa afirmar que en estas localidades exista necesariamente una práctica generalizada de clientelismo. Significa reconocer que, durante una campaña electoral, cualquier señal de presión, ofrecimiento o utilización de la función pública con fines políticos debe ser observada con especial atención.

Cuando estas prácticas se normalizan, el ciudadano puede terminar percibiendo que para acceder a una oportunidad necesita tener una determinada posición política o respaldar a determinado candidato. Y esa percepción, incluso cuando no exista una amenaza explícita, puede afectar la libertad con la que debería ejercerse el voto.

Neutralidad: el límite entre gobernar y hacer campaña

Una autoridad puede tener preferencias políticas y participar de la vida partidaria. Lo que no debería hacer es utilizar las ventajas derivadas de su cargo para alterar las condiciones de una competencia electoral.

La neutralidad electoral marca el límite entre gobernar y hacer campaña, evitando que los recursos públicos sean utilizados para favorecer candidaturas. Si bien el JNE y los JEE fiscalizan estas conductas, la vigilancia también corresponde a la ciudadanía, que debe observar, cuestionar y denunciar cualquier práctica que afecte la igualdad y libertad del voto.

El poder público no es patrimonio de nadie

La democracia no puede convertirse en un mecanismo para que quienes están en el poder utilicen las ventajas de su posición para asegurar su continuidad o la de sus aliados.

Una autoridad gobierna para todos, incluso para quienes no comparten sus preferencias políticas. Del mismo modo, un candidato debería conquistar el respaldo ciudadano por la solidez de sus propuestas y la confianza que genere, no por la cercanía que tenga con quien actualmente administra el poder.

El clientelismo puede comenzar con un favor, una promesa o una contratación, pero cuando estas prácticas se acumulan generan redes de dependencia que afectan la igualdad electoral. Por ello, no basta preguntarse quién puede ganar, sino también quién compite con sus propuestas y quién lo hace con las ventajas del poder.

Que el voto no tenga precio

Las elecciones no deberían convertirse en un intercambio de favores. Ningún empleo, contratación, obra, beneficio o promesa de futuro debería determinar la decisión de un ciudadano.

La democracia necesita electores libres y candidatos que compitan en condiciones de igualdad. Necesita autoridades que gobiernen sin utilizar el aparato público para favorecer intereses electorales y ciudadanos capaces de decidir sin presiones.

En esta campaña, la ciudadanía también tiene un papel clave: observar, cuestionar y rechazar cualquier forma de presión o condicionamiento del voto. El poder público pertenece a todos y el voto también; nadie debe comprar ni condicionar nuestra voluntad.

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(*) Politólogo.

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El laberinto de las invasiones: cuando la posesión vale más que la propiedad

Escribe: Augusto Vilcahuaman Yarleque (*)
Edición N° 1466

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Últimamente, hemos visto en nuestra región muchas noticias sobre la invasión y usurpación de terrenos de particulares como del Estado. Los invasores aprovechan el descuido de los dueños para entrar y apropiarse de los inmuebles. Esto genera un grave problema: recuperar estas propiedades en la práctica es mucho más complicado de lo que dice la ley.

Para entender este problema, debemos conocer la diferencia entre dos conceptos legales que a menudo chocan entre sí: el "derecho de propiedad" y la "posesión". Por un lado, la Constitución garantiza que el derecho a la propiedad es inviolable (artículos 2 y 70). Por otro lado, la posesión (el acto de ocupar y usar un terreno) no tiene rango constitucional, pero está fuertemente protegida por el Código Civil (artículo 896).

Podríamos pensar que tener el título de propiedad es lo más importante, pero es un error. En la realidad, quien ocupa el terreno (el posesionario) muchas veces tiene más ventajas legales que el dueño registrado en la SUNARP. Un invasor puede oponerse y frenar un desalojo, incluso si el verdadero dueño intenta sacarlo. Entonces, ¿para qué sirve inscribir una propiedad en los registros públicos? Principalmente, para dar seguridad jurídica y publicidad. Sin embargo, con el paso del tiempo, el solo hecho de ocupar un lugar le otorga al invasor derechos que dejan al verdadero propietario en gran desventaja.

Un ejemplo claro está en nuestro Código Penal (artículo 202), que castiga el delito de usurpación. La jurisprudencia ha establecido que este delito protege a quien está ocupando el inmueble en ese momento (la posesión), y no a quien tiene el título de propiedad, puesto que no siempre el propietario tiene posesión de un bien. Es decir, para la justicia, la víctima del delito es quien fue sacado del terreno (posesión previa), sin importar qué documentos tenga.

Además de este conflicto, existe un grave obstáculo cuando se intenta recuperar un terreno con la ayuda de la Policía Nacional del Perú (PNP). El Estado, para proteger sus propiedades, creó la Ley N.° 30230 como otra forma de "recuperación extrajudicial". Los artículos 65° y 66° de la Ley N.° 30230 incorporaron al ordenamiento jurídico la recuperación extrajudicial como mecanismo de autotutela administrativa, que faculta a las entidades públicas a recuperar directamente los predios de su propiedad invadidos u ocupados ilegalmente, sin necesidad de un proceso judicial previo, siempre que acrediten de manera fehaciente e inmediata su titularidad, administración o competencia sobre el bien. El artículo 67° de la misma ley modificó el artículo 920° del Código Civil, precisando el procedimiento de defensa posesoria extrajudicial aplicable en estos casos. Esta norma permite a las entidades públicas recuperar sus terrenos invadidos directamente con la Policía, sin ir a juicio; para hacer esto, el Estado tiene un plazo de 15 días desde que se entera de la invasión.

Sin embargo, en nuestra región vemos que los procuradores del Estado fracasan al intentar recuperar estas propiedades. Esto se debe a una norma interna de la propia Policía. En el año 2015, la PNP, a través de la Dirección General de la PNP, aprobó mediante RD N° 216-2015-DIRGEN/EMG-PNP, de fecha 12 de marzo de 2015, el “Protocolo de intervención de la Policía Nacional del Perú en la recuperación extrajudicial de predios de propiedad del Estado”, el cual establece en el literal D, del acápite III, que: “La entidad solicitante deberá señalar expresamente que el predio que se pretende recuperar extrajudicialmente, en estricta aplicación de la Ley N° 30230, no se encuentra judicializado, como requisito indispensable para la intervención de la Policía Nacional del Perú”. Por lo que, en la práctica, la PNP exige un requisito adicional: el terreno no debe estar "judicializado" (es decir, no debe haber ningún juicio de por medio). Es decir, si un terreno del Estado o particular es invadido, pero los invasores ya presentaron una demanda, la Policía simplemente no intervendrá, aunque el Estado o particular esté dentro de su plazo de 15 días. Esto es un obstáculo creado por la PNP, ya que ninguna ley le dio la autoridad para poner esa limitación.

Los invasores conocen perfectamente esta trampa. Astutamente, inician acciones legales (como demandas de amparo o reclamos de propiedad) con un doble objetivo: dar una falsa apariencia de legalidad a su invasión y bloquear a la Policía. Cuando el Estado o particular intenta recuperar su terreno, los invasores muestran su demanda y el desalojo se paraliza.

Lamentablemente, los dueños particulares sufren la misma suerte. Cuando un ciudadano acude a la Policía para recuperar su casa recién invadida, se da con la sorpresa de que los invasores ya presentaron una demanda para bloquear la intervención policial. Al final, la única forma de recuperar su propiedad será a través de un juicio largo y costoso. Como resultado, la gran mayoría de propiedades invadidas nunca se recuperan.

Esta regla policial, que parece facilitar el trabajo a los traficantes de terrenos, ya ha sido cuestionada. La Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) advirtió que el protocolo de la PNP va en contra de la Ley 30230 y solicitó anularlo. En respuesta, el 25 de febrero del 2025, se emite Resolución de la Comandancia General de la Policía Nacional N° 110-2025-CG PNP/COMMOPOL, mediante la cual se busca determinar si procede o no la derogatoria del literal “D” del acápite “III”, del Protocolo de Intervenciones de la Policía Nacional del Perú en la Recuperación Extrajudicial de los Predios de Propiedad del Estado, pero hasta la fecha no logran ponerse de acuerdo para derogar dicho literal. Mientras tanto, las mafias siguen aprovechando esta indecisión.

Ahora bien, aunque anular esa regla parece la solución ideal, hacerlo dejaría a la Policía desprotegida. Si la PNP desaloja a los supuestos invasores de un terreno que está en pleno juicio y luego el juez, mediante una sentencia, le da la razón al supuesto invasor, los policías podrían ir a la cárcel por el delito de avocamiento indebido, establecido en el artículo 410 del Código Penal, que menciona: “La autoridad que, a sabiendas, se avoque a procesos en trámite ante el órgano jurisdiccional, será reprimida con pena privativa de libertad no mayor de dos años e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 4”.

Surge la siguiente pregunta: ¿Quién indemnizaría los daños en ese escenario al que fue desalojado?

Si eliminar el requisito desprotege a la Policía y mantenerlo favorece a los invasores, la solución pasa por mejorar la redacción de dicho protocolo. El verdadero problema es que la palabra "judicializado" es demasiado general. No aclara si basta con dejar un papel en la mesa de partes del Poder Judicial a escondidas o si el juicio ya debe ser de conocimiento público.

Por lo tanto, la norma debe ser más específica: un terreno solo debería considerarse "judicializado" cuando el dueño (el Estado o el particular) haya sido notificado formalmente por el juez, por ejemplo, con la notificación del auto de admisión. Solo a partir de esa notificación oficial deberían empezar a contar los 15 días para pedir el desalojo en favor del propietario que ha sido despojado de su posesión. Esto garantizaría que el propietario se entere de la trampa legal y tenga tiempo de defenderse, protegiendo a su vez a la Policía de cometer un delito. Si el dueño deja pasar esos 15 días tras ser notificado sin hacer nada, recién ahí perdería su derecho a recuperar su propiedad de forma rápida, porque dejar vencer dicho plazo, a sabiendas que existe un proceso judicial, implicaría que no tiene interés en el bien o que tiene conocimiento de que nunca ha tenido una posesión previa de dicho bien.

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Estudiante de Derecho.

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LEPTOSPIROSIS: Una amenaza invisible que crece con las lluvias

Escribe: Luis Martin Rojas Muro (*)
Edición N° 1466

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Cuando pensamos en los efectos de las lluvias intensas y las inundaciones, generalmente imaginamos carreteras bloqueadas, viviendas afectadas, desbordes de ríos o pérdidas agrícolas. Sin embargo, existe otra amenaza, menos visible, que puede crecer silenciosamente después de una inundación: la leptospirosis.

El escenario climático que enfrenta nuestro país merece especial atención. La Comisión Multisectorial ENFEN mantiene la Alerta de El Niño Costero y señala que este fenómeno podría continuar hasta abril de 2027, con mayor probabilidad de una magnitud fuerte durante el próximo verano.

En este contexto, hablar de leptospirosis no es alarmar a la población; es prepararnos.

¿Qué es la leptospirosis?

La leptospirosis es una enfermedad infecciosa causada por bacterias del género Leptospira. Los principales reservorios son los roedores, aunque también pueden ser perros, cerdos y otros animales infectados.

La bacteria es eliminada principalmente a través de la orina de estos animales y puede contaminar el agua, el barro y el suelo. Cuando ocurren lluvias intensas e inundaciones, el agua puede transportar esta contaminación hacia nuevos espacios y aumentar las oportunidades de contacto con las personas.

La bacteria puede ingresar al organismo a través de pequeñas heridas o lesiones de la piel, así como por las mucosas de los ojos, nariz y boca. Por ello, actividades aparentemente cotidianas, como caminar por agua estancada, limpiar después de una inundación o manipular barro contaminado, pueden convertirse en situaciones de riesgo.

¿Por qué debemos preocuparnos ahora?

Porque las lluvias no solamente modifican el paisaje: también modifican las condiciones ambientales que favorecen la transmisión de esta enfermedad.

El Ministerio de Salud ha advertido que el riesgo aumenta durante las lluvias intensas, especialmente cuando existen aniegos, inundaciones y acumulación de agua. Hasta agosto de 2026, el MINSA reportó más de 3 mil casos de leptospirosis a nivel nacional hasta la semana epidemiológica 32, incluyendo 36 defunciones.

Además, se ha emitido una alerta epidemiológica ante el incremento del riesgo asociado a lluvias intensas, incluyendo a Lambayeque y Amazonas entre las regiones comprendidas en la intervención sanitaria.

Esto debe llevarnos a una reflexión: la prevención de la leptospirosis no comienza cuando aparecen los casos; comienza antes de que llegue la inundación.

¿Cómo reconocerla?

La leptospirosis puede iniciar como muchas otras enfermedades infecciosas, con fiebre, dolor de cabeza y dolores musculares intensos, especialmente en la espalda baja y las piernas. También pueden presentarse ojos enrojecidos, náuseas, vómitos, diarrea y dolor abdominal.

El problema es que, si no se sospecha oportunamente, puede confundirse con otras enfermedades frecuentes en nuestra región. En algunos pacientes puede evolucionar hacia formas graves con compromiso del hígado, los riñones u otros órganos.

Por eso, un dato aparentemente sencillo puede ser determinante: haber estado en contacto con agua estancada, barro o zonas inundadas antes del inicio de los síntomas debe ser comunicado al personal de salud.

¿Qué podemos hacer?

La prevención comienza con medidas simples. Evitar ingresar a aguas estancadas o inundaciones; utilizar botas y protección adecuada cuando sea inevitable el contacto; cubrir heridas y lesiones de la piel; lavarse las manos; consumir agua segura y proteger los alimentos de la contaminación.

También es fundamental controlar la presencia de roedores, mantener los residuos adecuadamente almacenados y mejorar las condiciones de saneamiento.

Y, ante fiebre u otros síntomas después de una exposición de riesgo, no debemos automedicarnos. Acudir oportunamente a un establecimiento de salud puede marcar la diferencia.

Una mirada desde Amazonas

Como Biólogo Microbiólogo y desde el trabajo relacionado con la vigilancia y diagnóstico de enfermedades infecciosas en esta región, considero que la leptospirosis representa un claro ejemplo de por qué la salud humana no puede separarse de la salud animal y del ambiente.

Las lluvias, los animales, el agua, las condiciones de saneamiento y las actividades humanas forman parte de una misma realidad. Por eso, la respuesta debe integrar vigilancia epidemiológica, diagnóstico oportuno, laboratorio, atención clínica, control de riesgos ambientales y educación sanitaria.

El fenómeno de El Niño no solamente debe ser entendido como un evento climático. También debemos reconocer sus posibles consecuencias sobre la salud pública.

La leptospirosis puede ser invisible en el agua, pero sus riesgos no lo son. Prepararnos, reconocerla y prevenirla antes y durante las lluvias es una responsabilidad compartida. La mejor respuesta frente a una enfermedad que aumenta con las inundaciones es anticiparnos a ella.

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(*) Laboratorio Referencial Regional de Salud Pública Amazonas / Instituto de Enfermedades Tropicales IET-UNTRM.

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EN EL PERÚ: El 86 % de conductores y repartidores de plataformas se considera independiente

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1466

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En el Perú, cada hora se solicitan al menos 64 mil servicios de movilidad o reparto a través de plataformas digitales. Estas cumplen un rol cada vez más relevante en la economía nacional, promoviendo el bienestar de los consumidores, el trabajo independiente y la productividad empresarial. Sin embargo, diversas iniciativas legislativas proponen regular el sector desconociendo su carácter colaborativo, lo que pone en riesgo su viabilidad económica y los efectos positivos que genera.

En este contexto, el Instituto Peruano de Economía (IPE) presentó el estudio “Impacto de las plataformas digitales en la economía peruana”, encargado por la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú). Esta edición actualiza las versiones previas de 2021 y 2023.

El estudio se presentó durante un webinar que contó con la participación de Gonzalo Manrique, economista senior del IPE; Jaime Dupuy, director ejecutivo de ComexPerú; y Mario Zúñiga, investigador senior de Políticas de Competencia en el International Center for Law & Economics. El evento fue moderado por Maite Vizcarra, experta en innovación tecnológica y digitalización.

Expansión de las plataformas

En 2025, se solicitaron, en promedio, 1.3 millones de viajes diarios y 197 mil pedidos de reparto al día, más de cinco veces lo registrado en 2020. Este crecimiento fue impulsado por una rápida adopción. Un total de 5.8 millones de peruanos utilizaron estas plataformas en 2025, equivalente al 37 % de la población urbana entre 15 y 64 años, y seis veces el valor de 2020.

En 2025, tres de cada cuatro servicios se generaron en Lima y Callao. Sin embargo, la cobertura hacia otras ciudades, principalmente en Trujillo, Arequipa y Chiclayo, se acrecentó desde 2022.

Aporte a la seguridad

El 96 % de usuarios percibe a las plataformas de movilidad como algo o mucho más seguras que tomar un taxi en la calle. Así, la seguridad se ha convertido en el principal motivo para recurrir a estos aplicativos. En particular, los aspectos más valorados son la identificación del conductor o el vehículo, y el seguimiento por GPS. Debido en parte a estas características, el 72 % de los usuarios de movilidad reporta nunca haber sido víctima de un incidente que afecte su seguridad o integridad.

Impacto económico

En 2025, 327 mil conductores y 184 mil repartidores utilizaron activamente plataformas de movilidad y reparto. En conjunto, ambos grupos equivalen al 7 % de los trabajadores independientes del país. Así, las plataformas se han convertido en una importante fuente de trabajo y de ingresos relativamente altos. Seis de cada diez prestadores de servicio están contentos con su nivel de ingreso: la mediana de ingreso neto promedia S/8.8 por hora, 62 % por encima del salario mínimo por hora en el Perú (S/5.4). Además, los aplicativos habrían contribuido a reducir el desempleo en 15 % (166 mil puestos de trabajo).

En 2025, el valor total de las ventas a través de plataformas digitales ascendió a S/9.6 mil millones, más de tres veces lo registrado en 2020 en términos reales. Adicionalmente, la industria generó efectos adicionales en la economía peruana por alrededor de S/1.1 mil millones, asociados con el mayor gasto de los prestadores y de los comercios aliados. En total, el aporte estimado del sector asciende a S/10.7 mil millones, equivalente al 0.9 % del PBI.

Desafío de regular las plataformas

Diversas iniciativas legislativas buscan establecer una relación de dependencia entre conductores y repartidores con las plataformas. No obstante, estas no consideran que el 86% de los prestadores se percibe a sí mismo como independiente. Además, la flexibilidad de horarios y la autonomía son los aspectos más valorados de las plataformas. En particular, estas iniciativas afectarían principalmente al 42 % de prestadores que usa más de un aplicativo y al 34% que ofrece sus servicios solo de manera ocasional o estacional. Además, al desconocer el rol como intermediario de las plataformas, las propuestas ponen en riesgo la viabilidad de la industria y los beneficios que esta genera.

Desarrollo de las plataformas

Jaime Dupuy resaltó que las plataformas digitales han logrado posicionarse como una actividad importante para la economía peruana. Además, señaló que los usuarios valoran la flexibilidad y que la trazabilidad por GPS se ha convertido en una solución concreta al problema de inseguridad. Así, la prioridad del Estado debe ser cómo promover el sector y extender sus beneficios. Adicionalmente, advirtió que las plataformas no constituyen un bloque homogéneo —existen tantos modelos de operación como plataformas— y que cualquier regulación debe aplicarse caso por caso.

Por su parte, Mario Zúñiga advirtió que no se debe regular sin antes identificar una falla concreta en el mercado que lo justifique. Para el especialista, en el caso de las plataformas, esa falla no se observa. Al contrario, señaló que la tecnología ha corregido buena parte de los problemas que la regulación buscaría resolver, como la inseguridad y la calidad de los servicios. Además, indicó que se trata de un mercado competitivo, donde los usuarios pueden elegir entre más de una plataforma o solicitar un viaje de un taxi o un pedido directamente de un restaurante.

Así, ambos panelistas coincidieron en que no existen razones que justifiquen una regulación uniforme de esta actividad. Al respecto, el IPE considera que regular el sector sin tomar en cuenta su funcionamiento pone en riesgo su viabilidad económica en desmedro de 6 millones de usuarios, 500 mil conductores y repartidores, y 13 mil comercios.

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PRESUPUESTO PÚBLICO 2027: La disciplina fiscal que se anuncia y el gasto rígido que se advierte como riesgo

Escribe: Yefferson Llonto Caicedo (*), Brenda Vallejo Mezarina (**)
Edición N° 1466

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El proyecto de Ley de Presupuesto para el 2027, presentado por el premier Luis Galarreta y el ministro de Economía, Elmer Cuba, ha llegado al Congreso con una cifra histórica: S/266 506 millones, el monto más alto jamás registrado en la historia republicana del Perú. Este monto, que representa un incremento del 3.5 % respecto al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de 2026, ha sido calificado por el Ejecutivo como un "punto de inflexión" que marcará el inicio del quinquenio y permitirá retomar la senda del crecimiento económico.

El ministro Elmer Cuba enfatizó el carácter descentralizado de la propuesta, destacando el incremento del 4.9 % en los recursos para gobiernos regionales y locales, superior al 2.7 % del Gobierno Nacional. Sin embargo, tras la aparente bonanza de las cifras, el análisis técnico revela tensiones significativas que podrían definir el rumbo fiscal del país durante los próximos años.

La inflación y la inercia

Aunque el presupuesto crece nominalmente un 3.5 %, especialistas advierten que se trata de un presupuesto "plano" en términos reales. El exministro Luis Miguel Castilla señala que, considerando el deflactor de 2027, el incremento real apenas alcanzaría el 0.9 %. Esto implica que el discurso de priorización en sectores clave como Salud, Seguridad o Educación no se traduce necesariamente en mayores recursos reales.

Un vistazo a la distribución del gasto revela que varias carteras registran reducciones presupuestales significativas. Mientras el presupuesto de Saneamiento cae un 30 %, el de Vivienda y Desarrollo Urbano se contrae un 31 %. Incluso la partida destinada a Orden Público y Seguridad pasaría de S/6878 millones en 2026 a S/6494 millones en 2027, una reducción de S/384 millones.

Un dato casi inadvertido en las coberturas es cómo se financia ese mayor gasto. Los recursos por operaciones oficiales de crédito caen 23,4 % y los ordinarios bajan 2,0 %, mientras los directamente recaudados suben 90,3 % y los determinados canon, regalías y FONCOMUN avanzan 25,6 %. Dicho de otro modo, el Ejecutivo reduce su dependencia de nueva deuda para 2027 y traslada el peso del financiamiento hacia ingresos propios de las entidades y transferencias ya etiquetadas para los gobiernos subnacionales, que reciben un incremento de 4,9 %, superior al 2,7 % del Gobierno Nacional. La Ley de Endeudamiento confirma esa lectura, donde el tope externo se fija en US$ 2800 millones, muy por debajo del interno, de S/19 183 millones, evidenciando preferencia por el mercado local.

El espejismo del crecimiento

El Marco Macroeconómico Multianual (MMM) 2027-2030 proyecta que la economía peruana crecerá un promedio de 4 % entre 2028 y 2030, impulsada por una cartera de proyectos mineros que supera los US$ 20 000 millones. No obstante, analistas advierten que este optimismo podría estar desalineado con la realidad. El propio documento reconoce que, sin el impacto del Fenómeno El Niño costero, el PBI hubiera crecido alrededor del 4 % en 2026, pero un escenario de FEN severo podría restar hasta 0.6 puntos porcentuales al crecimiento en 2027.

Además, el MMM aborda el problema de la productividad con declaraciones vagas y la creación de comisiones sin metas concretas, a pesar de que la productividad laboral peruana equivale al 27 % del promedio de la OCDE y la informalidad alcanza al 70.2 % de los trabajadores ocupados. El Consejo Fiscal ha señalado que la intensificación del FEN constituye el principal riesgo para la economía en el corto plazo, una advertencia que el MMM parece no incorporar plenamente en sus proyecciones .

Un debate que recién empieza

El presupuesto 2027 es un espejo de las contradicciones del modelo económico peruano, dado que busca crecer con inversión minera mientras mantiene gastos tributarios que erosionan la recaudación; anuncia prioridades sociales mientras asigna recursos reales decrecientes en sectores clave; y presume de récords históricos en un contexto de baja presión tributaria y alta informalidad .

El Congreso de la República tiene ahora la oportunidad de tomar decisiones que trasciendan el debate coyuntural. La discusión no debería centrarse únicamente en el monto del presupuesto, sino en cómo financiarlo de manera sostenible y cómo garantizar que los recursos se traduzcan efectivamente en mejores servicios para la población. Como señaló el propio ministro Cuba: "El desafío no consiste únicamente en incrementar el gasto público, sino en lograr que los recursos se traduzcan efectivamente en mejores servicios".

Las recomendaciones de la OCDE, aunque incómodas para algunos sectores, ofrecen una hoja de ruta para abordar las debilidades estructurales del sistema tributario que, en última instancia, determinan la sostenibilidad del presupuesto y la equidad del gasto.

(*) Magíster en Ciencias con mención en Proyectos de Inversión Pública, economista e investigador Renacyt. Especialista en Inversión Pública del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico.

(**) Economista de Esan, egresada de la Maestría en Inteligencia Estratégica.

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