Con la Resolución N° 1, del 7 de septiembre, el juez Reynaldo Leonardo Carrillo, del Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria, dispuso la detención preliminar contra 10 personas, entre funcionarios y exfuncionarios de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo - SBCH, por la presunta colusión agravada en la adquisición de un terreno para uso de cementerio.
La intervención se realizó en la madrugada del 16 de septiembre y dentro de los intervenidos estuvo la reconocida contadora María Astrid Reynoso de Vargas, exmiembro del directorio de la SBCH, contra quien finalmente el Ministerio Público no solicitó ningún mandato restrictivo.
Según el abogado Víctor Luna Victoria Menacho, quien ejerce la defensa legal de Reynoso de Vargas, la fiscalía desistió de solicitar la prisión preventiva para su patrocinada, pues durante las diligencias preliminares no se halló nada que la comprometa en la investigación, pese a la exhaustiva revisión que se hizo de su computadora y teléfono celular.
“La primera diligencia se actuó el viernes en horas de la tarde y consistió en la visualización de la laptop que le fue incautada a mi patrocinada. Después de algunas horas, la propia fiscalía y el investigador policial determinaron que no existía ningún hecho de relevancia con los hechos materia de investigación. Al día siguiente, a las 10:00 de la mañana, revisaron los celulares: contactos, mensajes de texto, WhatsApp, documentos descargados, redes sociales, archivos, Google Drive, pero tampoco se halló ningún hecho relevante”, comenta.
El caso
Este caso se remonta al 8 de febrero del 2018, fecha en la que los miembros del directorio de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo, entre quienes se encontraba María Astrid Reynoso de Vargas, aprobaron la propuesta de adquisición directa de un terreno de siete mil hectáreas ubicado en el sector Las Pampas (Pimentel) para el nuevo cementerio de la SBCH, sobre la base del Informe N° 019-2018-GISBCH, que contenía la evaluación técnica de este predio. La presidente del directorio en aquel entonces era María Rosario Verástegui León, hoy prófuga.
Según la tesis fiscal, los miembros del directorio, junto al resto de intervenidos, se habrían coludido con Massimiliano Mizzi, ofertante del terreno, a fin de defraudar patrimonialmente a la institución. De las cinco propuestas que se presentaron, solo la del proveedor en mención ingresó directamente a la secretaría de la Gerencia General.
En total, la SBCH adquirió el predio por el importe de un millón 193 mil 760 dólares (tres millones 935 mil 826.72 soles), cuando el valor comercial determinado por el Colegio de Ingenieros de Lambayeque asciende a 905 millones 665 mil 92 dólares (dos millones 934 mil 357.58 soles). Con ello se habría defraudado patrimonialmente a la entidad, por la suma de 288 mil 94.08 dólares, equivalentes a un millón mil 469.14 soles.
Explicación
Luna Victoria refiere que esta investigación preliminar data desde hace dos años y en diciembre del 2019 fue declarada como compleja. Anota que en ese interín Reynoso de Vargas fue citada a declarar como testigo y recién en junio de este año se le notificó que había cambiado su condición a imputada.
“El 6 de julio, a los pocos días de que ella fue notificada de su incorporación como imputada, nos apersonamos ante la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios y nombramos abogados defensores, solicitando la copia digitalizada de los 19 tomos que tiene la investigación, la cual se basa en el informe del Órgano de Control Institucional”, afirma.
Cuestiona que el Ministerio Público haya solicitado una medida gravosa como la detención preliminar, cuando ya había una investigación previa de dos años.
“Somos respetuosos de lo que dispone el juzgado, pero la norma establece que podemos cuestionar una resolución judicial, la cual consideramos que no ha estado correctamente motivada en relación al peligro procesal, pues está demostrado que mi patrocinada se apersonó al momento en que fue incorporada como investigada, ella no ha eludido la acción de la justicia”, sostiene.
Sin medidas restrictivas
Luna Victoria señala que, desde el punto de vista procesal penal, actualmente Reynoso de Vargas tiene la calidad de libre, no ha sido citada a ninguna audiencia ni cuenta con algún tipo de medida restrictiva de la libertad.
“Ella está tratando de hacer su actividad profesional particular porque lamentablemente ha sido golpeada muy fuerte con esta detención. Ella es una contadora con más de 30 años de experiencia en el sector privado, no solo en el ámbito de Lambayeque, sino a nivel nacional e internacional. Una persona de esa naturaleza no tiene por qué concertarse con el particular”, apunta.
Explica que los miembros del directorio votaron sobre la base de un expediente administrativo debidamente ordenado y foliado, el cual tenía un informe de tasación que daba cuenta del precio del terreno en el mercado. Refiere que la fiscalía no ha tomado en cuenta este expediente del que se sirvieron los directores, toda vez que no existe en la carpeta fiscal.
“Ahora, respecto al tema de las contrataciones del Estado, yo en su momento voy a cuestionar el informe de OCI. Nos vamos a reservar por un tema de estrategia de defensa cuál va a ser el proceder, pero consideramos que no se le puede atribuir responsabilidad penal a futuro a María Astrid Reynoso de Vargas por tomar una decisión como directora (…) Incluso me reservaría si podemos analizar la conducta de los demás funcionarios, pues actuaron por un tema de distribución de roles, eso le corresponde analizar a la fiscalía”, menciona.
Responsabilidad penal
Por otro lado, Luna Victoria reflexiona sobre las medidas restrictivas de la libertad y afirma que en el Perú no existe responsabilidad penal de los jueces respecto a decisiones jurisdiccionales que no son correctamente motivadas.
“Es importante que este gobierno pueda analizar una reforma constitucional en relación a la responsabilidad penal de los jueces. Esta es una medida limitativa del derecho. Creo que en algún momento se debe analizar a nivel de reformas esta situación, lo que no quiere decir impunidad con los actos de corrupción”, arriba.
Afirma que, después del derecho a la vida, la libertad personal está por encima de todos los derechos, por lo que estas medidas limitativas deben ser excepcionales.
“Somos respetuosos de la independencia del Poder Judicial, lo cual no significa que no podamos emitir juicios legales, respecto a alguna decisión jurisdiccional. No es que primero te detengo y luego te investigo. No estamos en contra de que se investigue la corrupción que tanto mal nos hace, pero sí que se investigue con el debido proceso, pues no es posible que se manchen honras. Eso genera un perjuicio fatal a las personas”, asegura.
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